SERVICIOS SOCIALES |
6.1.- SERVICIOS GENERALES |
6.1.2.- SOLICITUD DE AYUDAS DE SOSTENIMIENTO. |
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CUESTIÓN |
CONTENIDOS |
Qué es En qué consiste |
- Son ayudas económicas, de carácter subsidiario y no periódico, dirigidas a personas que, careciendo de los recursos económicos necesarios para atender las necesidades básicas de la vida, o pueden ser beneficiarias total o parcialmente de la Renta de Garantía de Ingresos o de las Ayudas de Emergencia Social, por no reunir los requisitos exigidos en estas prestaciones. - Tipos de ayudas: · Gastos para cubrir necesidades básicas de manutención. · Gastos para el mantenimiento de la vivienda habitual. · Gastos necesarios para la habitabilidad y el equipamiento básico de la vivienda. · Gastos relativos a las necesidades primarias de la persona beneficiaria o de los miembros de su unidad convivencia. · Gastos de endeudamiento. |
Quién lo puede solicitar |
Estarán legitimadas para presentar su solicitud:
Las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
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Documentación a aportar |
Junto a la solicitud, las personas interesadas deberán aportar la siguiente documentación: - DNI. - Declaración Jurada de Ingresos y Bienes. - Certificados y documentos acreditativos de los recursos e ingresos económicos de todas las personas que compongan el hogar, junto con copia de Declaración de la renta. - Tarjeta como demandante de empleo. - Cualesquiera otros datos o documentos requeridos para cumplimentar expediente. - En su caso, documento firmado de compromiso de devolución. |
Dónde se tramita |
- Presencialmente: Oficinas del Ayuntamiento de Ayala: Servicios Sociales de Base. Bº La Iglesia, nº. 3 - Respaldiza. Lunes, previa cita (683 114 555 / 945 399 013) Oficina de atención de Luiaondo: C/ La Torre, nº. 27 Bajo - Luiaondo. Viernes, previa cita (683 114 555 / 945 393 332) - Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. |
Obligaciones económicas |
- El coste de la gestión se asume por el Ayuntamiento.
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Plazo del proceso o de la resolución |
- Plazo estimado: Un mes. - Plazo máximo de resolución: Tres meses. - Efectos del silencia administrativo: Negativo. |
Normativa Aplicable |
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Procedimiento tras la solicitud |
- En caso de no haber concertado ya cita con el ó la Trabajador/a Social de referencia, solicitud de cita con la misma. - Valoración de la situación por el ó la Trabajadora Social de referencia. - Recogida y registro de la solicitud. - Revisión de la documentación y subsanación de errores u omisiones si procede. - Informe técnico con propuesta de resolución. |
Observaciones |
- El plazo de presentación de solicitudes estará abierto todo el año. - En el supuesto de que en una misma vivienda ó alojamiento existieran varias unidades de convivencia será dos el número máximo de unidades de convivencia independientes que pueden solicitar ayuda. - Las personas perceptoras de estas ayudas deberán comunicar al Ayuntamiento de Ayala aquellos cambios en la situación socio- familiar que pudieran incidir en el mantenimiento de la resolución adoptada. - Las personas perceptoras de estas ayudas deberán comunicar al Ayuntamiento de Ayala la obtención de otras ayudas, ingresos ó recursos para la financiación de los gastos a los que se destinan las ayudas concedidas. - Para facilitar a la ciudadanía el proceso y ganar en agilidad, las fotocopias de la documentación a aportar se podrán realizar gratuitamente en las propias oficinas del Ayuntamiento. |
Unidad Responsable |
- Servicio Social de Base. |