SERVICIOS SOCIALES |
6.3.- DEPENDENCIA |
6.3.3.- SOLICITUD DE APOYO A PERSONAS CUIDADORAS. |
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CUESTIÓN |
CONTENIDOS |
Qué es En qué consiste |
A través del programa “Cuidarse para Cuidar”, dependiente del Instituto Foral de Bienestar Social se pretende apoyar a las familias con el fin de mantener a las personas mayores en su entorno a través de acciones que tienen por objeto: - Mantener a la persona mayor dependiente, el mayor tiempo posible en su propio hábitat y con los suyos. - Apoyar a la red natural en los modos de cuidar y cuidarse: aprender a cuidarse uno/a mismo para poder cuidar a otro/a. - Informar a las personas cuidadoras: conocer los instrumentos de ayuda y los recursos disponibles. - Compartir con otros sus conocimientos, sus experiencias, sus dificultades y sus modos de hacer, en un proceso de ayuda mutua, para conjuntamente, buscar mejoras. - Consta de los siguientes programas de apoyo: - Apoyo psicológico a domicilio para familiares que cuidan personas mayores: - Este programa ofrece intervención psicológica directa, en el ámbito familiar, mediante el traslado de un psicólogo/a al propio domicilio familiar de la persona cuidadora directa, teniendo en cuenta a todas las personas que componen la unidad familiar que quieran participar. - Los objetivos que se persiguen son: - Ayudar a las personas que componen la familia a cuidarse para poder cuidar a la persona dependiente en el domicilio y a propiciar la corresponsabilidad familiar en dicho cuidado. - Prevenir y/o solucionar los conflictos familiares derivados de atender a una persona mayor dependiente. - Ayudar a trabajar, en el ámbito familiar, técnicas que propicien la comunicación, la autoestima y la disminución de la ansiedad. - Apoyar a la familia cuando se produzca la muerte del familiar al que cuidaba. |
Quién lo puede solicitar |
- Podrá solicitar este servicio cualquier persona que forme parte de la red familiar de apoyo a una persona mayor dependiente, siendo requisito para ello que tengan su residencia en Ayala, tanto la persona mayor como la persona cuidadora así como que la persona mayor tenga 65 o más años. - La persona mayor a la que se cuida deberá tener reconocido algún grado de dependencia, valorándose con carácter excepcional aquellos casos en los que la valoración de dependencia se haya solicitado pero no se disponga aún de la correspondiente resolución administrativa. |
Documentación a aportar |
- Para solicitar la participación en este programa no será necesario ningún documento. |
Dónde se tramita |
- Presencialmente: Oficinas del Ayuntamiento de Ayala: Servicios Sociales de Base. Bº La Iglesia, nº. 3 - Respaldiza. Lunes, previa cita (683 114 555 / 945 399 013) Oficina de atención de Luiaondo: C/ La Torre, nº. 27 Bajo - Luiaondo. Viernes, previa cita (683 114 555 / 945 393 332) - Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. |
Obligaciones económicas |
- El coste de la gestión se asume por el Ayuntamiento.
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Plazo del proceso o de la resolución |
- Plazo estimado: Una semana. - Plazo máximo legal: No procede. - Efectos de la no respuesta en plazo: No procede. |