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HACIENDA

2.06.- LIQUIDACION, BONIFICACIONES Y PAGO DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA  RÚSTICA  Y  URBANA  (IBI).

CUESTIÓN

CONTENIDOS

Qué es

En qué consiste

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles grava la propiedad, así como la titularidad de los derechos de usufructo y de superficie y las concesiones administrativas sobre los bienes inmuebles situados en el término municipal de Ayala.

Bonificaciones:

Consultar supuestos según: Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles  de de Ayala.

Fraccionamiento de recibos: El recibo correspondientes al IBI de naturaleza Urbana se fraccionará en dos pagos fraccionados  (50% cada uno):

1º pago:  Del 01 de julio al 15 de agosto.

2º pago:  Del 01 de noviembre al  15 de diciembre.

Se podrá solicitar el fraccionamiento en recibos superiores a 100,00 euros, en el caso del IBI de naturaleza Rústica.

Quién lo puede solicitar

Son sujetos pasivos, a título de contribuyentes, las personas naturales y jurídicas y las entidades a que se refiere la Norma Foral 6/2005 General Tributaria de Álava, que ostenten la titularidad del derecho que, en cada caso, sea constitutivo del hecho imponible de este Impuesto.

Deberá abonar el impuesto el que sea titular de la propiedad, del derecho real o de la concesión a 01 de enero de cada año. Las variaciones de titularidad que se produzcan durante el año no tienen efectividad hasta el año siguiente.

Documentación  a aportar

-      Para solicitar la bonificación se deberá presentar:

-        Impreso de solicitud "0.01 Solicitud General" cumplimentado, antes del día 31 de mayo de cada periodo impositivo. Esta solicitud deberá ser renovada cada año.

-        DNI o NIF original  y en vigor de la persona solicitante.

-        En caso de bonificación por Familia Numerosa:

-        Fotocopia del Libro de Familia Numerosa.

-        Copia compulsada de la última declaración de la renta y/o, de no estar obligado a efectuar declaración, copia compulsada del documento 10-T de todos los miembros de la unidad familiar.

-             Impreso  "0.02 Escrito de Representación",  en caso de no tratarse del interesado/a. El/la representante deberá presentar original de su documento de identificación y original o copia del documento de identificación del interesado.           

-           Para solicitar el fraccionamiento del recibo de IBI de Rústica  se deberá presentar:

-   Impreso de solicitud "0.01 Solicitud General", cumplimentado antes del 31 de mayo de cada periodo impositivo. Esta solicitud deberá  ser renovada cada año.

-   DNI o NIF original  y en vigor del solicitante.

-              Impreso "0.02 Escrito de Representación", en caso de no tratarse del interesado/a. El/la representante deberá presentar original de su documento de identificación y original o copia del documento de identificación de la persona interesada.      

Dónde se tramita

- Presencialmente:

Oficinas del Ayuntamiento: Servicio de Atención Ciudadana:

Bº La Iglesia, nº. 3 - Respaldiza.

Horario: de lunes a viernes de 09:00h. a 14:00h.

Oficina de atención de Luiaondo:

C/ La Torre, nº.  27 Bajo - Luiaondo.

Horario: Lunes de 09:00h. a 12:00h.

              Miércoles, de 12:00h. a 15:00 h.

-  Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

- Telemáticamente: Sede electrónica, mediante certificado digital.

Obligaciones económicas

 El importe a pagar se calcula aplicando un tipo de gravamen al valor catastral del bien.

 

Consultar Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles  de Naturaleza Rústica y Urbana del municipio de Ayala.

 

Plazo del proceso o de la resolución

-            Plazo estimado: inmediato.

-            Plazo máximo legal: 6 meses.

Procedimiento a seguir después de la recepción

-          En caso de solicitud de bonificación, comprobar  la documentación presentada.

Resumen de trámites posteriores

-            Liquidación del impuesto y cobro del correspondiente recibo.

Observaciones

-          Corresponde de forma exclusiva a la Diputación Foral de Álava la formación del Padrón y la elaboración y aprobación de las Ponencias de Valores, previa, en su caso, delimitación del suelo, así como la fijación, revisión, modificación y actualización de los valores catastrales.

Documentos auxiliares

-          "0.01 Solicitud General"

-          "0.02 Escrito de Representación"

Aprobación

-          Alcaldía.

Unidad Responsable

-          Secretaría

Vigencia

-          Hasta la modificación de la Ordenanza Fiscal.

Marco Legal

-          Norma Foral 6/2005 General Tributaria de Álava.

-          Norma Foral 42/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

-          Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles  de Naturaleza Rústica y Urbana del municipio de Ayala.

 

Dirección
Barrio La Iglesia, nº 3
01476 · Respaldiza (Álava)
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de 9:00 h. a 14:00 h.
Fax
+34 945 39 93 31