INFORMACIÓN PÚBLICA |
8.06.- CONSULTAS Y CERTIFICACIONES DEL CATASTRO |
CUESTIÓN |
CONTENIDOS |
Qué es En qué consiste |
La consulta del catastro consiste en el examen y búsqueda de datos catastrales no protegidos (incluida la cartografía catastral) que constan en la Base de Datos del Servicio de Catastro . Tienen la consideración de datos protegidos el nombre, apellidos, razón social, código de identificación y domicilio de quienes figuren inscritos en el Catastro Inmobiliario como titulares, así como el valor catastral y los valores catastrales de suelo y, en su caso, de la construcción de los bienes inmuebles individualizados. La persona titular podrá solicitar certificado de bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana a su nombre. Las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas contienen, además de los datos básicos de carácter físico, jurídico y económico del bien inmueble a que se refieren, su representación gráfica. Éstas deberán solicitarse al Servicio de Catastro de la Diputación Foral de Álava. |
Quién lo puede solicitar |
Toda persona interesada y/o su representante legal. Cuando las certificaciones catastrales tienen datos protegidos, esto es, los que hacen referencia a la titularidad o al valor catastral, solamente podrán ser solicitados por los titulares catastrales de cada inmueble. Además, podrán solicitarlas: - Quienes cuenten con el consentimiento expreso y por escrito de las personas titulares de cada inmueble. - Las personas herederas o sucesoras respecto a los bienes inmuebles del/de la causante o transmitente que figuren inscritos en el Catastro. |
Documentación a aportar |
- Para solicitar el certificado de bienes catastrales se deberá presentar: - Impreso de solicitud "0.01 Solicitud General" cumplimentado,. - DNI o NIF original y en vigor del / de la titular del bien o bienes. - Impreso"0.02 Escrito de Representación" , en caso de no tratarse del interesado/a. El/la representante deberá presentar original de su documento de identificación y original o copia del documento de identificación de la persona interesada. |
Dónde se tramita |
- Presencialmente: Oficinas del Ayuntamiento: Servicio de Atención Ciudadana: Bº La Iglesia, nº. 3 - Respaldiza. Horario: de lunes a viernes de 09:00h. a 14:00h. Oficina de atención de Luiaondo: C/ La Torre, nº. 27 Bajo - Luiaondo. Horario: Lunes de 09:00h. a 12:00h. Miércoles, de 12:00h. a 15:00 h. - Telemáticamente: Sede electrónica, mediante certificado digital. |
Obligaciones económicas |
- En el caso de las certificaciones catastrales literales, es gratuito. - En el caso de las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas, se deberá consultar la tasa establecida por la Diputación Foral de Álava. |
Plazo del proceso o de la resolución |
Plazo estimado: inmediato. Plazo máximo legal: 6 meses. |
Procedimiento a seguir después de la recepción |
- Recoger y comprobar la documentación aportada y, en caso de ser correcta, facilitar la información o certificado solicitado. |
Resumen de trámites posteriores |
- Archivar. |
Observaciones |
Las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas deberán solicitarse en el Servicio de Tributos Locales y Catastro, del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de la Diputación Foral de Álava (Plaza de la Provincia, s/nº, 010001 Vitoria-Gasteiz.) |
Documentos auxiliares |
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Aprobación |
- Alcaldía. |
Unidad Responsable |
- Secretaría |
Vigencia |
- Hasta la modificación de la legislación aplicable. |
Marco Legal |
- Norma Foral 42/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. - Decreto Foral 1080/1992, de 22 de diciembre, por el que se determinan los requisitos para fijación, revisión, modificación y actualización de valores catastrales de los bienes inmuebles de naturaleza urbana (BOTHA de 30 de diciembre de 1992 y 20 de enero de 1993). - Decreto Foral 1/1993, de 12 de enero, de Procedimiento de conservación del catastro inmobiliario (BOTHA de 5/2/1993). - Decreto Foral 2/1994, de 18 de enero completado por el Decreto Foral 21/1994, de 1 de marzo, de aprobación de las Normas Técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones. |