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PERMISOS

5.01.- EXPEDICIÓN DE TARJETA DE ARMAS DE AIRE U OTRO GAS COMPRIMIDO

CUESTIÓN

CONTENIDOS

Qué es

En qué consiste

Solicitud de expedición de tarjeta de armas de 4ª categoría (tipos A y B) accionadas por aire u otro gas comprimido.

Las tarjetas pueden ser:

Tarjeta Tipo A:

Este permiso es válido para las armas comprendidas en la cuarta categoría 4ª-1: carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición, revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico–deportivo cuyo sistema de disparo es automático.

Validez: 5 años.

Máximo de armas que se pueden registrar: 6.

Tarjeta Tipo B:

Este permiso es válido para las armas comprendidas en la cuarta categoría 4ª-2: carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico–deportivo accionadas por muelle o resorte.

Validez: permanente.

Máximo de armas que se pueden registrar: Número ilimitado.

Quién lo puede solicitar

-        Las personas mayores de 18 años empadronadas en Ayala o su representante legal.

-        Las personas menores de 18, pero mayores de 14 años, con autorización paterna/materna empadronadas en Ayala podrán solicitar la tarjeta tipo A.

Documentación a aportar

 

-        Solicitud por compra:

 

-       Impreso de “5.01.01 Solicitud de Tarjeta de Armas de 4ª categoría”.

-       DNI, pasaporte o permiso de residencia original y en vigor de quien lo solicita.

-       Modelo por triplicado de tarjeta de armas facilitado en la armería.(También se facilita en el Ayuntamiento).

-       Factura  original de compra en la que se especifique que el arma adquirida está clasificada como de categoría 4ª, indicando si es categoría 4.1 o 4.2, marca, modelo, calibre y número de serie.

De no contarse con factura  de compra, se aportará Impreso de "5,01.02 Declaración de propiedad armas 4ª categoria" debidamente cumplimentado.

-       Impreso de "5.01.03 Declaración complementaria de conducta ciudadana" firmada por la persona solicitante (anexo 1).

-       Certificado negativo de antecedentes penales expedido por la Subdelegación del Gobierno (El Ayuntamiento facilitará el impreso y  lo solicitará, previa autorización de la persona interesada). “5.01.05 Solicitud de certificado de antecedentes penales”.

-        Solicitud por transmisión entre particulares (venta, donación, etc..):

-       Impreso de “5.01.01 Solicitud de Tarjeta de Armas de 4ª categoría” cumplimentado por el/la nuevo/a titular.

-       DNIs de las personas interesadas (comprador y vendedor).

-       Tarjeta de armas actual.

-       Documento firmado tanto por el/ la titular anterior como por el/ la  nuevo/a titular en el que quede constancia de la compraventa o la donación.

-       Factura  original relativa a la compra del arma por parte de la persona titular anterior, a efectos de acreditar la titularidad y datos del arma a transmitir.

En caso de que el/la titular anterior no disponga de factura de compra, se aportará Impreso de"5,01.02 Declaración de propiedad armas 4ª categoria".

-       Impreso de "5.01.03 Declaración complementaria de conducta ciudadana" (anexo I), firmada por la persona solicitante (anexo 1).

Certificado negativo de antecedentes penales expedido por la Subdelegación del Gobierno (El Ayuntamiento facilitará el impreso y  lo solicitará, previa autorización de la persona interesada). “5.01.05 Solicitud de certificado de antecedentes penales”

-        Solicitud de Renovación (sólo para Tarjeta A) ó  Solicitud de Baja:

-       Impreso de “5.01.01 Solicitud de Tarjeta de Armas de 4ª categoría”.

-       DNI, pasaporte o permiso de residencia original y en vigor de quien lo solicita.

-       Tarjeta de armas actual.

-        En caso de menores de 18 años, pero mayores de 14 años, se deberá presentar impreso  de  "5.01.04 Autorización para menores de edad" ( Anexo II),, acompañada del DNI o documento acreditativo del/ de la  progenitor /a.

-        Impreso "0.02 Escrito de Representación", en caso de no tratarse del interesado/a. El/la representante deberá presentar original de su documento de identificación y original o copia del documento de identificación de la persona representada.

Dónde se tramita

- Presencialmente:

Oficinas del Ayuntamiento: Servicio de Atención Ciudadana:

Bº La Iglesia, nº. 3 - Respaldiza.

Horario: de lunes a viernes de 09:00h. a 14:00h.

Oficina de atención de Luiaondo:

C/ La Torre, nº.  27 Bajo - Luiaondo.

Horario: Lunes de 09:00h. a 12:00h.

              Miércoles, de 12:00h. a 15:00 h.

Obligaciones económicas

-        Gratuito

Plazo del proceso o de la resolución

-       Plazo estimado: siete días

-       Plazo máximo de resolución: tres meses.

Procedimiento a seguir después de la recepción

-        Recoger la solicitud, sellar y entregar copia  a la persona solicitante.

-        Comprobar la documentación presentada y si la persona solicitante está empadronada en Ayala.

-        Emisión del Decreto de Alcaldía  de concesión de Tarjeta de armas.

-        Emisión de la tarjetas, en su caso:

-        Dos tarjetas blancas: Una vez cumplimentadas y firmadas por el Alcalde y la persona interesada se remitirá un ejemplar a la Intervención de Armas y el otro se guardará en el expediente del Ayuntamiento.

-        Tres tarjetas amarillas: Una vez cumplimentadas y firmadas por el Alcalde y la persona interesada se remitirá un ejemplar a la Intervención de Armas, otro se guardará en el expediente del Ayuntamiento y otro se entregará a la persona interesada.

Resumen de trámites posteriores

-        Remitir un ejemplar de cada tarjeta y copia de expediente a la Intervención de Armas correspondiente (Cuartel de Guardia Civil de LLodio - Avda. Zumalákarregi, nº 27.- 01400 Llodio.- Álava).

-        Archivo del expediente.

Observaciones

-        La tarjeta de armas se expedirá en impreso que confeccionará la Dirección General de la Guardia Civil. En cada impreso se podrán reseñar hasta seis armas. Cuando se trate de tarjetas tipo B  y el número de armas  exceda de seis, el interesado podrá ser titular de más de una tarjeta.

-        Su validez queda limitada al término municipal de Ayala.

-          Se entenderá por arma de uso lúdico-deportivo aquella arma accionada por muelle, resorte, aire o gas comprimido, de ánima lisa o rayada, que dispara proyectiles de material a base de polímeros biodegradables, que pueden contener o no líquidos o geles en su interior, los cuales deberán cumplir con la normativa medioambiental.

 En función del proyectil que disparen las armas de uso lúdico-deportivo, se distingue entre armas denominadas de «airsoft» y armas denominadas de «paintball».

-        Las carabinas de aire comprimido solo podrán ser utilizadas en despoblados o lugares apropiados, nunca dentro del recinto urbano, y únicamente para hacer puntería de tiro al blanco, quedando prohibida toda clase de caza con ellas.

-        Para la caza NO es suficiente el permiso municipal de tenencia, sino que es preceptiva la obtención de la licencia de caza.

Documentos auxiliares

-        Impreso de “5.01.01 Solicitud de Tarjeta de Armas de 4ª categoría”

-        Impreso de "5,01.02 Declaración de propiedad armas 4ª categoria" .

-        Impreso de  “5.01.05 Solicitud de certificado de antecedentes penales”

-        Impreso de "5.01.03 Declaración complementaria de conducta ciudadana" (Anexo I).

-        Impreso  de  "5.01.04 Autorización para menores de edad" ( Anexo II).

-       Impreso "0.02 Escrito de Representación".

-       Tarjeta de Armas.

Aprobación

-       Alcaldía

Unidad Responsable

-        Secretaría

Vigencia

-          Hasta la modificación de la correspondiente legislación en la materia.

Marco Legal

-        Real Decreto 137/1993, de 20 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas. (artículos 3º y 105º). (BOE núm. 55, marzo de 1993).

-           Real Decreto 976/2011, de 8 de julio, por el que se modifica el Reglamento de Armas. (BOE 09/07/2011)

-          Orden INT/2860/2012, de 27 de diciembre, por la que se determina el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball (BOE 05/01/2013).

Dirección
Barrio La Iglesia, nº 3
01476 · Respaldiza (Álava)
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Fax
+34 945 39 93 31