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URBANISMO

4.04.-LICENCIA DE  PARCELACIÓN Y SEGREGACIÓN  (AGRUPACIÓN)

CUESTIÓN

CONTENIDOS

Qué es

En qué consiste

Autorizaciones administrativas de carácter declarativo y distintas, según tipo de suelo, que habilitan para la división o agrupación de solares, parcelas, fincas o terrenos.

Quién lo puede solicitar

Cualquier persona interesada titular de la parcela y/o su representante legal.

Documentación a aportar

-        Impreso de "4.01 Solicitud de licencia de obra" .

-        Impreso "0.02 Escrito de Representación", en caso de no tratarse del interesado/a.

-        Fotocopia de la escritura de propiedad de las fincas afectadas. (En caso necesario se solicitará nota simple del Registro de la Propiedad).

-        Certificado descriptivo y gráfico de la parcela, emitido por el Servicio de Catastro de la Diputación Foral de Álava, donde se señalen los titulares de los linderos actuales.

-        Proyecto de parcelación/segregación redactado por Técnico competente en soporte digital o en su caso, Memoria, redactada por Técnico/a competente (un en soporte digital), donde se describa la finca o fincas a dividir y/o agrupar y los terrenos que se crean, indicando la titularidad actual de los colindantes, incluyendo: un plano de situación actual y un plano de división de los terrenos, con referencias UTM de los vértices, plano de situación y emplazamiento.

-        Declaración de conformidad administrativa del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Álava en caso de segregación de fincas en suelo no urbanizable.

Dónde se tramita

- Presencialmente:

Oficinas del Ayuntamiento: Servicio de Atención Ciudadana:

Bº La Iglesia, nº. 3 - Respaldiza.

Horario: de lunes a viernes de 09:00h. a 14:00h.

Oficina de atención de Luiaondo:

C/ La Torre, nº.  27 Bajo - Luiaondo.

Horario: Lunes de 09:00h. a 12:00h.    -     Miércoles, de 12:00h. a 15:00 h.

- Telemáticamente: Sede electrónica, mediante certificado digital.

-   Correo postal: en las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

-   En los registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales que hayan suscrito el oportuno convenio de colaboración y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Obligaciones económicas

-       Gratuito

Plazo del proceso o de la resolución

-       Plazo máximo legal: tres meses.

-       Efectos del silencio administrativo: negativo.

Procedimiento a seguir después de la recepción

-        Recoger la solicitud y comprobar la documentación.

-        Entregar recibo de presentación según forma normal de registro.

-        Remitir el expediente a la Oficina Técnica.

Resumen de trámites posteriores

-        Estudio y análisis de la solicitud comprobando su adecuación a la normativa urbanística y emisión de informe técnico.

-        En caso de ser necesario recabar autorizaciones de otras Administraciones Públicas que no se haya aportado junto con la solicitud, se requerirá al interesado/a para que la  aporte concediéndole un plazo para ello, advirtiéndole de que si no la aporta se le tendrá por desistido de su solicitud.

-        En caso de ser necesario recabar informes de otras Administraciones Públicas, lo solicitará el Ayuntamiento y una vez recibido se seguirá con la tramitación.

-        En caso en que alguno de los informes (el de la Oficina Técnica del Ayuntamiento o de las otras Administraciones) sea negativo, se le requerirá a la persona solicitante para que subsane las deficiencias.

-        Si los informes son favorables, se emitirá Resolución de Alcaldía concediendo la licencia.

-        Notificación a la persona interesada.

Observaciones

-        Se deberá presentar el documento público en el que se haya formalizado el acto correspondiente en los tres meses siguientes al otorgamiento de la licencia. El plazo podrá ser prorrogado una sola vez y por causa justificada. El transcurso del plazo, y en su caso de la prórroga, determinan la caducidad de la licencia, previa audiencia a la persona interesada.

Documentos auxiliares

-        Impreso "4.01 Solicitud de licencia de obra".

-        En su caso, Impreso "0.02 Escrito de Representación".

Aprobación

Alcaldía

Unidad Responsable

Secretaría y Departamento de Urbanismo (Oficina Técnica)

Vigencia

Hasta la modificación de la correspondiente legislación en la materia

Marco Legal

-   Ley 2/2006, de 30 de junio, del Suelo y Urbanismo de la Comunidad Autónoma del País   Vasco.

-   Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, Ley del Suelo.

-   Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de Ayala/Aiara. Plan General de Ordenación Urbana en tramitación.

Dirección
Barrio La Iglesia, nº 3
01476 · Respaldiza (Álava)
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de 9:00 h. a 14:00 h.
Fax
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